Dirección y gestión, aportando nuestra
experiencia en la gestión de pisos tutelados.
Se consideran pisos o viviendas para ancianos, los
establecimientos con capacidad inferior a 12 plazas,
siempre que los mayores de 65 años superen
el 50% de los residentes.
Los pisos o viviendas para mayores reunirán
las condiciones de habitabilidad adecuadas y establecerán
claramente su dependencia de la entidad titular.